La importancia del logo y sus colores en las marcas 

En primer lugar debemos tener en cuenta que «Marca», según lo establecido por la Ley de Marcas 17/2001 de 7 de diciembre, es “todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de otras”

Muchas empresas realizan labores de  branding  equity previas al registro de la Marca. Si bien esta  acción es de vital importancia pues el color, diseño del logo y tipografía serán las señas características de la empresa, el primer paso  debe ser comprobar la disponibilidad de la Marca. Y es que no debemos olvidar lo indicado en el Art.6.1 de la presente ley:

“No podrán registrarse como marcas los signos: a) Que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos) …..Que  exista un riesgo de confusión en el público.”

Por ello cuando una marca desea solicitar su registro debe tener en cuenta además del nombre,   las posibles similitudes con otras respecto al slogan, logo, grafía y al color del logo.  Y es que desde hace algunos años venimos observando el afán de marcas muy conocidas por registrar el color a efectos de diferenciarse de la competencia, denominándose este tipo como Marcas no Convencionales.

A modo de anécdota podemos mencionar el archiconocido caso Louboutin VS Saint Laurent donde se disputaron la exclusividad del  uso color rojo (Pantone 18 1663TP) en las suelas de los zapatos, exclusividad  que acabo  obtenido Christian Louboutin,  salvo en las ocasiones en que el zapato entero sea de este color.

Muchos se preguntarán ¿Puede un color por si sólo poseer carácter distintivo? Para ello en primer lugar,  debe constituir un signo, ser objeto de representación gráfica y que el consumidor asocie indiscutiblemente el  color con determinado producto.

 

Es este aspecto el esgrimido por el zapatero francés a la hora de apropiarse el color como signo distintivo de sus lujosos zapatos. Otro ejemplo lo encontramos en la empresa norteamericana Kraft que registró por el 2004 el color lila de su marca de chocolatinas MILKA.

Si bien no cabe excluir que existen situaciones en las que un color por sí solo pueda servir de indicación de origen de los productos,  es una cuestión harto particular, llegando en muchos casos a ser complicado conseguirlo, puede identificar el sector de trabajo así como la visión que genera en clientes potenciales. Un ejemplo a tener en cuenta  puede ser el anunciar determinada marca de fast food  en  verde dándole la connotación de sano o eco.

Por otro lado la similitud del logo es otro punto a tener en cuenta a efectos de que no se produzca una oposición y por consiguiente una suspensión de marca. Como indicamos al principio de este artículo,  la similitud de un signo pese a que sean sectores distintos,   equivale a que no se pueda registrar. De hecho este mismo año  Tesla ha presentado su  Modelo 3 con un logo de rayas paralelas  que según Adidas induce  a error por lo que ha terminado retirando el logotipo.

CONCLUSIONES

Por todo ello es importante que antes de encaminaros en el establecimiento de marca y desembolsar una cantidad importante en el branding y el merchandising acudáis a vuestro consultor de Patentes y Marcas a efectos de aseguraros la viabilidad de la misma.

IGLOBAX IP TEAM también puede dejar un comentario o escribirnos a info@iglobax.es

IGLOBAX Patentes y Marcas

IGLOBAX Patentes y Marcas es una consultora especializada en el asesoramiento, tramitación y vigilancia de expedientes de Patentes y Marcas, a nivel nacional e internacional, así como la defensa jurídica de los derechos de Propiedad Industrial de nuestros clientes.

Deja un comentario